DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de amparo solicitada.
SEGUNDO: SE SUSPENDEN LOS EFECTOS de la Resolución No. D.A. 08-2014.124, de fecha 25 de agosto de 2014, publicada en Gaceta Municipal del Año MMXIV, Mes VIII, No. 002 de fecha 25 de agosto de 2014.
TERCERO: SE ORDENA oficiar a la Alcaldesa del Municipio Colón del Estado Zulia y a la Oficina de Registro Público de los Municipios Colón Catatumbo y Jesús María Semprún del Estado Zulia a los fines de que se abstengan, mientras esté vigente esta medida, de ejecutar actos de administración y disposición sobre el lote de terreno constante de OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTÍMETRO (8.831,81 mts.2), cuyas medidas y li.....