DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal pasa a dictar sentencia PRIMERO: Vista la Admisión de hechos realizada por el Acusado JOEL FILIMON BRICEÑO MONTILLA, quien se encontraba debidamente asistido por su DEFENSA PRIVAD ABG. CAROLA VIRGINIA FERRER GUTIERREZ, se declara CULPABLE por la comisión del delito ABUSO SEXUAL A NIÑA AGRAVADO, previsto y sancionado en el encabezamiento y segundo aparte 259 de la Ley para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, concordancia con la AGRAVANTE GENERICA establecida en el artículo 217 Ley para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en consecuencia se condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN. SEGUNDO: Se MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD establecida en el artículo 242.3 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL referida a presentaciones periódicas ante est.....