PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión de cobro IMDEMNIZACIONES POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoada por el ciudadano ALEXIS SEGUNDO URDANETA, en contra de la sociedad mercantil METAL ARTE, C.A., ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada METAL ARTE, C.A., a pagar al ciudadano ALEXIS SEGUNDO URDANETA, las cantidades de Bs.F.45.758,69 por indemnización del artículo 130, numeral 3º de la LOPCYMAT, y Bs.F. 10.000,oo en virtud de daño moral, cuya sumatoria da la cantidad total de CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (BS.F.55.758,69) .
SEGUNDO: Se condena a la demandada METAL ARTE, C.A., al ciudadano ALEXIS SEGUNDO URDANETA, la cantidad que resulte de la INDEXACIÓN de los montos señalados en el particular primero, en los mismos términos ya indicados en la presente decisión.
* No Procede la condenatoria en COSTAS, toda vez que se produjo un vencimiento parcial y no tota.....