En consecuencia, y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara Bastante y Suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de Propiedad y Posesión a favor del ciudadano: ONIL JOSÉ GODOY CASTELLANO, ya identificado, sobre unas bienhechurias enclavadas sobre una parcela de terreno Municipal de los denominados ejidos, ubicada en La Carrera Bermúdez, con Calle Rodrigo Nuñez, de la Parroquia Obispos, del Municipio Obispos del Estado Barinas, en una extensión aproximadamente de Seiscientos Nueve Metros cuadrados con Cuarenta y Dos Centímetros (609,42 M2), con un área de construcción de los locales de Quinientos Cinco Metros Cuadrados con Veintiséis Centímetros (505, 26M2) y cuyos linderos particulares son
los siguientes: Norte: Mejoras de Luisa Sosa; Sur: Calle Rodrigo Núñez; Este: Carrera Bermúdez; y Oeste: Mejoras de Ramona Cermeño, consistentes en dos (02) locales comerciales: el primero esta construido con Infraestructura de Bloqu.....