Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el modo anormal de terminación del proceso, constituido por el convenimiento de la demanda, en el juicio de Desalojo y Cobro de Cánones de Arrendamiento y otros conceptos, intentado por la abogada en ejercicio CARMEN BRAVO DE ACEVEDO, obrando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSORA MUCHACHO ROTHAUG, C.A., en contra de la ciudadana MARIELA MADRIZ ANDRADE, ambas identifica¬das en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto, se le da el carácter de Cosa Juzgada y se declara terminado el presente juicio.