Por todas estas consideraciones, este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Este Tribunal observa que nos encontramos en la fase preparatoria del proceso Penal, es aquella que corresponde como su propio nombre lo indica la preparación de la imputación o a los aseguramientos de los medios de Pruebas y, que consiste en el conjunto de actas que se tiene conocimiento de la presente comisión de un hecho punible, mediante la investigación de la verdad y la recolección de todos los elementos de convicción y/o verdaderos indicios que sirvan para fundar las acusación Fiscal y en consecuencia la Defensa tener los verdaderos argumentos que le sirvan para desvirtuar la acusación y hacer los mejores alegatos y defensas en descargo de la acusación Fiscal y, en beneficio del Imputado todo de acuerdo con lo establecido en nuestra Ley Penal Adjetiva. SEGUNDO: Por todas es.....