Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana DAIRETH JOSEFINA RAMOS RAMIREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-20.865.843 contra la sociedad mercantil INMOBILIARIA Y SERVICIOS GIANNI C.A.
En consecuencia, se ordena pagar la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON NUEVE CENTIMOS (Bs. 244.687,09). Así como la Corrección Monetaria, los Intereses sobre Prestaciones Sociales e Intereses de Mora en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese co.....