Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. EXTENSION CABIMAS. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud que hiciere la defensa, y en consecuencia MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra del acusado JOSE LUIS PIRELA QUINTERO, Venezolano, natural de Cabimas, de 40 años de edad, fecha de nacimiento 03-07-1967, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.089.377, Profesión u Oficio Electricista y Plomero, residenciado en el Sector punta Gorda, Campo Unida Calle Miranda, casa No. 8, Cabimas, Estado Zulia, a quien se le sigue asunto penal por la presunta comisión del delito ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 217 ejusdem, en perju.....