PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
A. CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos ENDER DE JESUS PEÑA CASTRO y RUBIA MARISOL NOLAYA ANGULO, antes identificados.
B. DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Prefecto y Secretaria de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 04 de Agosto de 1989, según acta de matrimonio Nº 550, expedida por la mencionada autoridad.
C. En cuanto a la patria potestad y la responsabilidad de crianza de la adolescente MARISOL DEL CARMEN PEÑA NOLAYA será ejercida por ambos padres y la custodia de la referida adolescente será ejerci.....