DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Régimen de Convivencia Familiar, de fecha 07 de Mayo de 2013, celebrado por los ciudadanos HILDA ISABEL VERA y NAPOLEON SEGUNDO ROYERO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-12.308.645 y V.-10.972.268 respectivamente, en beneficio del niño ROYER GABRIEL ROYERO VERA, de siete (07) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los dos (02) días del mes de Julio del 2.013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Titul.....