Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNNA, resuelve:
• CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana WILLIANNY CHIQUINQUIRA OCANDO MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.309.373, para que en representación legal y en beneficio de los niños, reciba en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal, la cuota parte que le corresponde a ésta como beneficiaria del causante ELIO JAVIEL CHINCHILLA TORRES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.793.577, todo sin perjuicio del cumplimiento a que hubiere lugar para con el Fisco Nacional, indicándole que dichas cantidades de dinero serán posteriormente depositadas en una Institución B.....