Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación que interpusieran los profesionales del derecho Abogados Cesar Calzadilla y Nestor Añez Bucobo, inscritos en el inpreabogado bajo los Nº 138.167 y 120.204 respectivamente, actuando en su carácter de Defensores Privados del ciudadano Yelvin Ramón González Campos, identificado en autos; ejercido en contra de la decisión Nº 1512-2009 de fecha 27.10.2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, con ocasión al acto de audiencia de presentación donde, entre otros pronunciamientos, dictó medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del mencionado imputado, de conformidad con los artículos 250 ordi.....