En consecuencia, y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara Bastante y Suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de Propiedad y Posesión a favor del ciudadano: CRISANTO DE JESÚS PEÑA, ya identificado, sobre unas bienhechurias enclavadas sobre una parcela de terreno Municipal de los denominados ejidos, ubicada en la Parroquia La Luz, Urbanización Nicolás Silva, Municipio Obispos del Estado Barinas