DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad incoado por el ciudadano Marcos Guzmán Vielma titular de la cedula de identidad Nro. V-12.204.067, debidamente asistido por la Abogada Margarita Guzmán inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.200.788, contra la Providencia Nro. 0538-2014 de fecha 26 de agosto de 2014 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas mediante la cual declaró Sin Lugar la Solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoados por el ciudadano Marcos Guzmán contra la Fabrica Ensambladora de Camiones Mazven C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Dada, firmada y sellada e.....