ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO, en contra del acusado JESUS ALFONSO ZUÑIGA DÍAZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, Titular de la cedula de Identidad N° 9.756.138, estado Civil Concubino, fecha de Nacimiento 03-01-67, de Cuarenta y Dos (42) de años de edad, profesión u oficio operador de maquinas pesadas, domiciliado en el barrio Sector las Tuberías, Barrio el Rosario, sin casa, sin numero de calle, es una invasión, Maracaibo, Estado Zulia, como CO-AUTOR del ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ZULAY GISELA RODRIGUEZ REVEROL y Familia; el cual se dictará en auto por separado en esta misma fecha; y emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco (05) días concurran ante el Tribunal de Juicio que por distribución le corresponda en este mismo Circuito Judicial Penal; asimismo, se da instrucciones al Secretario de este Despacho para que tome la debida nota y una vez venci.....