Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la recusación interpuesta por el abogado CARLOS ROMERO PIÑEIRO, con el carácter de defensor de los ciudadanos ALEXIS ENRIQUE CEPEDA BOLAÑOS, ABRAHAN JOSUE MONTOYA YUCONZA, JAVIER JOSÉ GONZÁLEZ, JEFERSON JAVIER GONZÁLEZ MUÑOZ y ROBERT GIMENEZ MENDEZ, en contra del Juez Profesional JUAN DÍAZ VILLASMIL, en su carácter de Juez Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
Regístrese, Publíquese y bájese la presente causa, al Juzgado correspondiente en su debida oportunidad legal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala Primera de las Cortes de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en Maracaibo a los tres (03) días del mes de marzo del año dos mil once (2011). AÑOS: 200° y l51°.
LAS JUEZAS PROFESIONALES,
JACQUELINA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ
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