Por todo lo antes expuesto, este Juzgado declara IMPROCEDENTE la solicitud de acumulación de los Recursos identificados con los alfanuméricos GP21-R-2016-000011 y GP21-R-2016-000012, de la nomenclatura de este Circuito Laboral, en virtud de que los mismos corresponden a acciones distintas, dirigidas en contra de actuaciones diferentes y que se tramitan mediante procedimientos incompatibles. Así se decide.