PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
A. CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos ONASIS ANTONIO MENDOZA QUINTRO y LORENA CHIQUINQUIRÁ GALEA RIVAS, ya identificados.
B. DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Registro Civil y Secretario de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el día catorce (14) de Diciembre de dos mil uno (2.001), según acta de matrimonio Nº 236, expedida por la mencionada autoridad.
C. En cuanto a la patria potestad y la responsabilidad de crianza de la niña MARIA DE LOS ANGELES MENDOZA GALEA, será ejercida por ambos padres y la custodia de la re.....