SE DECRETA EL SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra MARTIN DE JESUS TERAN MATHEUS, por el delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ AVILA,; y en consecuencia, se extingue la acción penal; asimismo, una vez vencido el lapso de Ley se remite la presente causa AL ARCHIVO JUDICIAL