Decreta para la Adolescente Imputada NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA, la Medida Cautelar establecida en el Artículo 582 literal "b", "c", "e" y "f" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, literal "b" relativo a someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal, literal "c" la obligación de presentarse el imputado Adolescente NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA, junto con su representante legal, por ante la oficina de presentación de imputados, adscrita al Departamento del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, ubicada en la Avenida 15 Delicias, diagonal al diario panorama en la planta baja de esta sede del Poder Judicial, los días viernes de cada semana, comenzando su presentación el día viernes, 05 de Junio del 2009, literal "e" La prohibición de concurrir por el sitio del suceso y literal "f" La prohibición de comunicarse con la victima siempre y cuando no afecte el derecho a la defensa, medidas esta que se decreta a los fines de .....