Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
1. Se declara COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano NICOLAS ANTONIO PIÑA SANCHEZ, en nombre y representación de JOSE ANGEL SANCHEZ REQUENA, representación facultada mediante poder otorgado por ante la notaria pública cuadragésima del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 27 de Marzo, contra la Resolución S/N de fecha 10 de Febrero de 2009, dictada por el ALCALDE DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA.
2. Se declara INADMISIBLE por operar la Caducidad, al Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto ut supra identificado; con fundamento a lo establecido en el aparte 20° del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.