DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Obligación Manutención celebrado por los ciudadanos ROSELLYS YAIRY MORALES GARCIA y JOSE ALEJANDRO MEDINA PARRAGA, en beneficio de la niña ROSALIE SAMANTHA MEDINA MORALES, en fecha 17-05-2013, por ante la abogada Anibeth Cobo Yánez, en su condición de Defensora de la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente de la Intendencia de Seguridad del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicito Homologación de Convenimiento de la Obligación de Manutención, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento trascrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Titular Unipersonal Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en .....