Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA:
PRIMERO: la INCOMPETENCIA de este órgano jurisdiccional por la cuantía para conocer de la demanda que por Cobro de Bolívares Vía Ejecutiva inició la ciudadana Kakioly Andreina Barboza Vargas, contra la ciudadana Luz Marelis Semprun Quintero, antes identificas, por los fundamentos anteriormente explanados; en consecuencia, declina la competencia en razón de la cuantía para el conocimiento del presente caso, a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: Se ORDENA remitir mediante oficio las presentes actuaciones a la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos de la.....