Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO PARA CONOCER DE LA DEMANDA QUE POR COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO ha intentado el ciudadano OSCAR VELARDE RINCÓN, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad Nº 5.064.148,inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.444, con domicilio en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, con el carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil "BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A, en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS Y MANTENIMIENTO ELECTRO-MECÁNICO, COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERMEM C.A), domiciliada en, jurisdicción del Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.....