PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: MARIA DEL SOCORRO RAMIREZ DE RONDON venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.990.132 en contra de la parte demandada: "AVON COSMETICS DE VENEZUELA C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Miranda, en fecha: 26 de Octubre del año 1962, anotado bajo el Nº 76, Tomo: 34-a y posteriormente inscrita por ante el mismos Registro por refundición de su documento constitutivo/Estatutario, en fecha 25 de Octubre del año 1982, anotado bajo el Nº 78, Tomo: 133-A Segundo. Representada Legalmente por el Ciudadano: LUIS ALFREDO PAEZ PUMAR SPOSITO, titular de la cédula de Identidad Nro. 5.968.115, en su condición de Presidente. SEGUNDO: se condena a la parte demandada antes identificada a pagar a la demandante la cantidad de: TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN BOLIVAR CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 33.901,52) mas lo determinado según la .....