este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, decreta medida de embargo preventivo, sobre bienes muebles propiedad de la ciudadana CRISTINA DEL CARMEN AGUIRRE GOTERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 14.738.977, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, hasta cubrir la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000) suma que comprende el doble del valor estimado de la demanda. En caso de embargarse cantidades de dinero, el monto será de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000), suma que comprende el valor estimado de la demanda, las cuales deberán ser remitidas en cheque de gerencia a la orden de este Tribunal.