DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ANGELICA FUENMAYOR en contra de SEGUIRDAD CASABLANCA, C. A.
2.- Se condena a la parte demandada, SEGURIDAD CASABLANCA, C. A. a pagar a la actora, ciudadana ANGELICA FUENMAYOR la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.000.000,00) por concepto de daño moral, y la cantidad de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 6.899.760,00) por concepto de la indemnización establecida en los artículos 560 y 567 de la Ley Orgánica del Trabajo.
3.- No hay condenatoria en costas en virtud de no haber vencimiento total de conformidad con el artículo 59 de.....