Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara;
PRIMERO: LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado de ordenar el nombramiento de partidor conforme el articulo 778, en consecuencia, quedan sin efecto todas las actuaciones posteriores a la fecha 26 de enero de 2017, de conformidad con el artículo 206 ejusdem.
SEGUNDO: SE ORDENA la notificación del presente fallo a los ciudadanos DEIVIS JOHANDYS FINOL PEREZ y LESLIE CHIQUINQUIRA VARGAS CHACON o en la persona de sus apoderados judiciales, suficientemente identificados, quienes actúan en sus carácter de parte demandante y demandada, respectivamente, y una vez conste en las actas procesales de haberse practicado las mismas comenzará a computarse el termino para el nombramiento del partidor, según lo e.....