DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano Carlos Arnoldo Gutiérrez López, antes identificada, contra la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los cuatro (04) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
La Jueza,
Dra. Enaydy Mayrivic Cordero Colmenares
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