DECISIÓN:
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
1. Se declara IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por la recurrente.
2. Se declara PROCEDENTE la solicitud de suspensión de los efectos del acto recurrido, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. En consecuencia, se decreta la suspensión de los efectos de la Resolución signada con el Nº 03-08-0376, de fecha 17 de mayo de 2004, emanada de la Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU), que declaró Con Lugar la denuncia interpuesta por la ciudadana ANA RITA GABRIELLI PIERINI, en fecha 01 de septiembre de dos mil tres (2003), en contra del Instituto Autónomo Regional del Ambiente (I.A.R.A.) y ordenó la demolición de la construcción de un tanque subterráneo compuesto por tres compartimientos para alma.....