DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, seguido por la Sociedad Mercantil Pepsi Cola de Venezuela C.A., a través de su apoderada judicial abogada ALEJANDRA RODRIGUEZ, en contra de la Providencia Administrativa No.19-16 de fecha 22 de enero de 2016 dictada por la Inspectoria del Trabajo "Dr. Luís Homez", Maracaibo, Estado Zulia.
2.- Se ordena notificar de la presente decisión a la parte recurrente Sociedad Mercantil Pepsi Cola de Venezuela C.A., en cualquiera de sus apoderados judiciales. Líbrese Boleta.
3.- No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.