este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, del Circuito judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS ALBERTO MARRERO SANCHEZ Y ELIZABETH RAMONA CORONEL titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.602.747 Y V-8.610.928, respectivamente, mediante escrito presentado en fecha 15-06-2015, asistidos por el Abogado ALBERTO RIGO SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.806, y de este domicilio, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 25 de Abril del año 2007, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Fraternidad del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo.
Publíquese. Diarícese. Regístrese y déjese copia en el copiador de Sentencia, de conformi.....