Este Tribunal Segundo de Control del Sistema de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SE CALIFICA LA APREHENSIÓN del adolescente JOSE ALFREDO MONTILLA ESCOBAR, venezolano, de 17 años de edad, soltero, con séptimo grado de instrucción, titular de la Cédula de Identidad Nº. 18.772.132, hijo de Jesús Antonio Montilla y María Escobar, domiciliado en el Barrio Primero de Diciembre, Segunda Etapa, Calle 12, casa Nº 4 de esta Ciudad de Barinas, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO sancionado en los Artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3 y 10 de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehículo, artículo 278 del Código Penal. SEGUNDO: que los supuestos que motivan la Detención Preventiva pueden ser razonablemente satisfechos con la aplicación de otra medida men.....