Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: REVOCA la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad acordada en fecha 16-09-2005; y en consecuencia, ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN EN CONTRA DEL ACUSADO REINALDO DAVID NAVAS MENDEZ, quien dijo ser y llamarse como queda escrito, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, nacido en fecha 26-04-1980, de 26 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio albañil, titular de la cédula de identidad N° V-15.411.062, hijo de Silvia Méndez y de Reinaldo Navas residenciado en el Barrio 24 de Septiembre Sector los Planazos, calle 44, avenida 62, casa 44-06, cerca de la Oficina de Nueva Democracia del Municipio Maracaibo Estado Zulia, para que una vez apre.....