Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, sigue la ciudadana GISELLE CORREDOR VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-18.006.638, en contra del ciudadano RICARDO ADELSO HERNANDEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-12.489.375, declara:
ÚNICO: SE NIEGA la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la parte demandada sobre el bien inmueble constituido por un apartamento cuyos datos, medidas y linderos rielan en actas, con base en las consideraciones efectuadas en la parte motiva del presente fallo.