Se inició el presente procedimiento mediante solicitud interpuesta personalmente por los ciudadanos ARGENIS ANTONIO ESPINOZA y ANA BEATRIZ ESTEIRA VARGAS, asistidos jurídicamente por el abogado FERNANDO RUBIO, ya identificados. En fecha 3 de noviembre del año en curso, se dio entrada a la misma y ordenó formar expediente.
En dicha solicitud los ciudadanos ARGENIS ANTONIO ESPINOZA y ANA BEATRIZ ESTEIRA VARGAS piden la declaratoria como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ARGENIS ANTONIO ESPINOZA ESTEIRA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad V-18.366.787, domiciliado en el Distrito Capital, fallecido el día 10 de julio de 2010, según consta de acta de defunción inserta en actas al folio 13.
Ahora bien, previo a resolver esta Juzgadora analiza los recaudos existente en autos: 1) Copia certificada de Acta de Nacimiento del causante, folio 3; 2) Copias fotostáticas de cédulas de identidad de los solicitantes y del de cujus, folios 4 y 14; 3) Justifi.....