este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara perimido el presente proceso de resolución de contrato de venta y daños y perjuicios, incoado por la sociedad mercantil Clam Instalaciones, s.a. (Construcciones-Líneas-Acueductos y Montajes, Instalaciones, s.a.), en contra del ciudadano Héctor Manuel Velazco Mora, todos ya identificados; en consecuencia, se declara extinguida la presente instancia.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.