En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR., la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios Laborales interpuesta por el ciudadano, ORLANDO EMIRO DOMADOR FERNANDEZ; titular de la cedula de identidad Nº V-8.609.647, contra la parte demandada ASOCIACION COOPERATIVA RAJER PUERTO, R.L. Y así se decide.
En consecuencia se ordena a las parte demandada pagar a la parte accionante, la cantidad de Bs 66.069,90, más lo que resulte de experticia complementaria que se ordena en relación a los conceptos condenados de salarios caídos y cesta ticket; así como también los intereses de mora y la corrección monetaria respectivamente, la cual es ordenada por este Tribunal, y practicada por un experto nombrado por el juez de ejecución; En cuanto a los intereses de mora .....