, ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana HELEN COROMOTO CARDENAS BERMUDEZ, en contra de la empresa VIVAX PHARMACEUTICALS, C.A., todo de conformidad con el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia además con la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
A tal efecto, ordena:
Primero: Notificar por boleta, a la Sociedad Mercantil VIVAX PHARMACEUTICALS, C.A., en la persona del ciudadano CARLOS NASH BLITZ, en su carácter de PRESIDENTE de la mencionada empresa. Se acompañará a la boleta de notificación correspondiente, copia de la solicitud de Amparo Constitucional y su admisión, haciéndole saber que deberá hacerse presente en la Audiencia Constitucional a fin de que exponga lo que estime pertinente acerca de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta.