DECISIÓN
En razón de los fundamentos de hecho y de derecho antes mencionados, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
¿ CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue la ciudadana ANA MARIA GUTIERREZ SILVA, contra la ciudadana JOAHANNA THANERI VILORIA DE CORDOVA, ambas partes ya identificadas.
¿ Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las ciudadanas ANA MARIA GUTIERREZ SILVA y JOAHANNA THANERI VILORIA DE CORDOVA, en fecha 13 de febrero del año 2009, por ante la Notaria Pública Décima del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, bajo el No. 19, Tomo 13, de los libros de autenticaciones.
¿ Se ordena a la ciudadana JOAHANNA THANERI VILORIA DE CORDOVA, la entrega del inmueble constituido por un (1) local comercial, ubicado.....