ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: 1) Medida de Embargo Preventivo: sobre la Tercera parte (33.33%) del sueldo mensual devengado por el demandado GUIDO JOSÉ MORALES COLINA, antes identificado como DOCENTE en la Escuela Bolivariana San Juan, en la carretera Nacional Machiques – Colón, sector San Juan, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia; adscrito al Ministerio de Educación. 2) Medida de Embargo Preventivo: sobre el Treinta y Tres punto Tres por ciento (33.33%) de lo que pueda corresponderle al demandado por concepto de Vacaciones, Utilidades, Caja de Ahorros, Primas, Fideicomiso y cualquier otra cantidad de dinero que le corresponda en virtud de la prestación de servicios. 3) Medida de Emb.....