DISPOSITIVA
Por todas la razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Parcialmente Con Lugar la demanda intentada por la ciudadana, KEILA GABRIELA ARGUELLO RIVAS en contra de ASESORIA INTEGRALES C.A. con ocasión de la anterior declaratoria la demandada deberá pagar a la demandante la cantidad de OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs.F. 881,32) mas los que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presente fallo para calcular los intereses moratorios.
No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los cinco (05) días del mes de junio del año 2008. Años 198º de la Independencia .....