Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción FIJACION A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION interpuesta por la ciudadana MAYELA DEL VALLE PERNIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.462.031, actuando en su condición de madre y representante de los niños: IVAN ENRIQUE y MICHELLE LISBETH UZCATEGUI PERNIA, asistida por el Abog. Kalidia Santander Baloa, Defensora Pública Primera con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Barinas, contra el ciudadano: LUIS ENRIQUE UZCATEGUI SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-15.546.424 de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, 366, 369, 30 de la Ley O.....