Se DECLINA LA COMPETENCIA POR EL TERRITORIO a los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la Ciudad de PUERTO CABELLO, se ordena enviar de manera inmediata a la Unidad de Recepción de Documentos del Circuito Judicial del Estado Carabobo, con sede en la Ciudad de PUERTO CABELLO el presente expediente. Así se decide.