PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó el ciudadano GIAMI FRANCO CRUCETTA PUGLISI contra del ciudadano ANGEL ADOLFO ROMERO MONTERO, OMAR TRINIDAD TROCONIS, ambos ya identificados.
2) SE CONDENA a la parte demandada para que entregue el inmueble constituido por una casa-quinta anexos y su terreno propio, ubicado en la tercera etapa de la Urbanización Mara-Norte, manzana No.45, marcado con el No.45-12, jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, en las mismas condiciones en que lo recibió.
3) SE CONDENA a la parte demandada ciudadano GIAMI FRANCO CRUCETA PUGLISI al pago de la cantidad de DOS MILLONES DOSCIEN.....