este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la revisión de medida solicitada, a favor de JHONNY FRANK OLAVES PUCHE, a quien se le sigue la presente causa por el delito de PECULADO DOLOSO IMPROPIO previsto y sancionado en el artículo 52 segundo aparte de la Ley contra la Corrupción en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO Y LA ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA (ENELVEN) asistido por el Profesional del Derecho Abg. MARCOS SALAZAR HUERTA de conformidad con establecido en los artículos 264, 1, 4, 6, y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, en las modalidades establecidas en los numerales 1 y 3 del artículo 256 ejusdem, esto es, arresto domiciliario y presentación en la sede del Tribunal cada treinta días.-