DISPOSITIVA
PRIMERO: Se Decreta la Separación de Cuerpos y Bienes que ante este Despacho solicitaron los ciudadanos: JORGE RICARDO CANELON GARCIA y LOISINETH COROMOTO HERRERA SALAS...
SEGUNDO: Se establece que la Patria Potestad y Responsabilidad de Crianza de los niños de autos, será ejercida por ambos progenitores y la Custodia será ejercida por la progenitora...
TERCERO: Se establece que cada uno de los cónyuges escogerá el domicilio que mejor les convenga.
CUARTO: En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, se establece lo siguiente: El padre, ciudadano JORGE RICARDO CANELON GARCIA, tendrá un Régimen de Convivencia Familiar distribuido de la siguiente manera: A) De Lunes a Viernes el niño estará con su Progenitora... teniendo derecho su progenitor... de visitar a su menor hijo, durante esos días (Lunes a Viernes) siempre y cuando no implique la inobservancia escolar; asimismo, podrá trasladarlo de su residencia habitual con el consentimiento de su progenitora, y entregarlo a .....