Este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos OLGA MARINA HERNÁNDEZ MEDINA y YSVONY ECHENAGUCIA GARCÍA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 26 de Noviembre de 1976, por ante el Prefecto de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Acta No.412.