Por todas la razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadano JESUS PEÑA, en contra de RYAN ENERGY TECNOLOGIES DE VENEZUELA, C.A.
No hay condenatoria en costas.