DISPOSITIVA
En tal sentido, conforme con los argumentos precedentes este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declina la Competencia de la presente causa en los Juzgados de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ordenándose remitir el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de expediente (URDD), para que sea distribuido entre los tribunales de Juicio de esta Coordinación. Líbrese el oficio correspondiente. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los seis (06) días del mes de Marzo de dos mil veinticuatro (2024). Años 213º de la Independencia y 265º de la Federación.
La Jueza
Abg. María For.....